martes, 12 de febrero de 2013

Hemos cumplido con la plataforma legislativa para los consumidores


A finales de enero de este año se concluyó la discusión de las reformas a la Ley del Consumidor que contempla la aprobación de 47 artículos en la normativa para garantizar los derechos de los consumidores.

La diputada Blanca Coto, durante la entrevista “La Voz del Frente”, en Radio Mayavisión informó sobre estas reformas agrupadas en tres secciones: fortalecimiento de los derechos de los consumidores, que contiene 11 nuevos derechos; aumentado de las obligaciones de los proveedores de productos y servicios; y, el fortalecimiento de la institucionalidad de la Defensoría del Consumidor. Estas reformas tienen un componente muy espacial en cuando a derechos de las mujeres se refiere, comentó.

En el primer grupo destaca el tema de la correcta información al consumidor, la reforma garantiza que lo publicitado por parte de los comercios sea cumplido a la cabalidad cuando los consumidores lo pagan.

Esta sección se refiere también a la publicidad ilícita, dudosa o falsa, el artículo 31 reformado dice: a) La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen reconocidos en la Constitución (referido a la utilización indebida de la imagen de la mujer como objeto y no como sujeto); además, b) La publicidad engañosa o falsa, es decir, cualquier modalidad de información o comunicación de carácter publicitario total o parcialmente falsa o que de cualquier otro modo, incluso por omisión, sea capaz de inducir a error, engaño o confusión al consumidor, pudiendo afectar su comportamiento económico.

En el mismo sentido, las y los consumidores ahora cuentan con un derecho denominado “derecho de retracto” de un contrato que es la facultad del consumidor de dejar sin efecto el contrato unilateralmente, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización alguna, siempre y cuando no se hubiera perfeccionado por no haber transcurrido el plazo de ocho días, o no se hubiera empezado a hacer uso del bien o el servicio no se hubiese empezado a prestar.

La diputada Coto informó también que en el segundo grupo de beneficios se incorpora una nueva obligación para el proveedor de productos o servicios: proporcionar la garantía del fabricante sobre los productos ofertados y no así la venta de “seguros” encubiertos como “garantías extendidas” a dichos productos, expresado en el artículo 33 reformado.  Los proveedores también cargarán con la responsabilidad de movilizar los productos vendidos desde el lugar de entrega al consumidor hasta los talleres de servicios y viceversa, cuando el comprador los reporte como defectuosos.

La diputada del FMLN comentó sobre las nuevas armas con que cuenta la Defensoría del Consumidor en el sentido que el Art. 50 reformado dicta que dicha institución decomisar y destruir mercancía vencida, adulterada, o deteriorada, no identificada o que pueda entrañar riesgo para el consumidor; también, retirar o cesar definitivamente la publicidad, así como las medidas tendientes a rectificar o corregir los efectos producidos por la publicidad declarada ilícita.

La legisladora hace un llamado muy afectuoso a todas y todos los consumidores para que se informen acerca de esta nueva normativa que les benefician directamente, Blanca Coto invita a las y los ciudadanos que visiten las oficinas del Grupo Parlamentario del FMLN en la Asamblea Legislativa para proporcionarles copia de la Ley en forma digital y así estar al tanto de estas reformas y exigir sus derechos.

Comando Municipal de Comunicaciones - FMLN San Salvador ®

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